Normativa
Calendario VERI*FACTU y factura electrónica obligatoria
Qué cambia, a quién afecta y cuándo. Revisado el 26 de septiembre de 2026 con fuentes oficiales (BOE y Agencia Tributaria).
Calendario
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
VERI*FACTU obligatorio para sociedades
1 ene 2027
Autónomos (IRPF) y resto de obligados
VERI*FACTU obligatorio para autónomos y resto
1 jul 2027
- 20 abr 2026En vigor
Entra en vigor el reglamento de factura electrónica B2B
Empresas y profesionales (aún sin obligación efectiva)
El Real Decreto 238/2026 (BOE 31-03-2026) regula la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, incluida la comunicación de los estados de aceptación y pago. Su aplicación efectiva se aplaza hasta que se apruebe la Orden Ministerial de la solución pública de la AEAT.
Fuente: BOE-A-2026-7295 · Real Decreto 238/2026(abre en una pestaña nueva) - PendientePendiente de fecha
Orden Ministerial de la solución pública de facturación electrónica
Todas las empresas y profesionales
En borrador y audiencia pública desde abril de 2026. Su entrada en vigor pone en marcha los plazos de obligación: 12 meses (facturación > 8 M€) y 24 meses (resto).
Fuente: Agencia Tributaria · Facturación electrónica obligatoria(abre en una pestaña nueva) - 1 ene 2027Fecha fijada
VERI*FACTU obligatorio para sociedades
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
Los programas de facturación deben cumplir el Reglamento de sistemas de facturación (RD 1007/2023). Plazo aplazado por el Real Decreto-ley 15/2025.
Fuente: BOE-A-2025-24446 · Real Decreto-ley 15/2025(abre en una pestaña nueva) - 1 jul 2027Fecha fijada
VERI*FACTU obligatorio para autónomos y resto
Autónomos (IRPF) y resto de obligados
Mismo reglamento, seis meses después que las sociedades (Real Decreto-ley 15/2025).
Fuente: BOE-A-2025-24446 · Real Decreto-ley 15/2025(abre en una pestaña nueva) - Orden + 12 mesesPendiente de fecha
Factura electrónica B2B obligatoria para grandes empresas
Empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros
12 meses después de la entrada en vigor de la Orden Ministerial.
Fuente: BOE-A-2026-7295 · Real Decreto 238/2026(abre en una pestaña nueva) - Orden + 24 mesesPendiente de fecha
Factura electrónica B2B obligatoria para el resto
Pymes y autónomos
24 meses después de la entrada en vigor de la Orden Ministerial.
Fuente: BOE-A-2026-7295 · Real Decreto 238/2026(abre en una pestaña nueva)
Información revisada el 26 de septiembre de 2026. No sustituye al asesoramiento fiscal.
Preguntas frecuentes sobre la normativa
¿Me afecta VERI*FACTU si facturo con Excel o Word?
Muy probablemente sí: el reglamento se aplica a los programas informáticos con los que emites facturas, y Excel o Word no están pensados para cumplir sus requisitos de registro, integridad y trazabilidad. Lo habitual será pasar a un programa adaptado antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) o del 1 de julio de 2027 (autónomos y resto). En el diagnóstico confirmamos tu caso concreto y la opción más sencilla.
BOE-A-2025-24446 · Real Decreto-ley 15/2025(abre en una pestaña nueva) · verificado el 26 de septiembre de 2026
¿Tengo que cambiar de programa de facturación?
No necesariamente. Muchos fabricantes están adaptando sus programas; a veces basta con actualizar y configurar bien. Lo primero es comprobar qué ha declarado el fabricante de tu programa y cómo lo usas. Solo si no hay versión adaptada, o si ya se te ha quedado pequeño, tiene sentido cambiar.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica entre empresas?
El Real Decreto 238/2026 ya está publicado (BOE 31-03-2026), pero la obligación efectiva empieza 12 meses (empresas de más de 8 M€ de facturación) o 24 meses (resto) después de que entre en vigor la Orden Ministerial de la solución pública de la AEAT, que a la fecha de revisión sigue en tramitación. Es buen momento para preparar el cambio sin prisas.
BOE-A-2026-7295 · Real Decreto 238/2026(abre en una pestaña nueva) · verificado el 26 de septiembre de 2026
¿Tu programa llegará a tiempo?
Un diagnóstico te dice si tu forma de facturar cumple, qué hay que cambiar y con qué fechas.